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sábado, 26 de diciembre de 2009

ALLANAMIENTO O RENUNCIA

Ante el allanamiento o renuncia de la parte demandante, el Juez siempre puede y tiene la obligación de examinar si la materia sobre la que recae dicha renuncia o allanamiento del demandante es susceptible de la transacción y de que el acto reune los presupuestos y requisitos exigidos por la ley.

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