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viernes, 19 de febrero de 2010

¿Cuándo procede el juicio cambiario en el proceso civil español?.

El proceder del juicio cambiario en el proceso civil español viene regulado en el artículo 819 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y no ha sido modificado por la Ley 13/2009 sobre Reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Este artículo determina que el juicio cambiario procede si, al incoarlo (iniciarlo), se presenta por ejemplo una letra de cambio, un cheque o en su caso pagaré.

Estos documentos deben reunir los requisitos previstos en la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque.




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