En el proceso civil Español, las preguntas que se formulan a cada uno de los testigos, se formulan oralmente en el acto del juicio y son declaradas impertinentes o inadmisibles en el acto mismo del interrogatorio, de oficio o a instancia de cualquiera de las partes.
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: 6346@icagr.es e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO). Consulta presencial en nuestro despacho 50 euros (IVA INCLUIDO).
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domingo, 7 de febrero de 2010
LAS PREGUNTAS A LOS TESTIGOS EN EL PROCESO CIVIL ESPAÑOL
Labels:
EL PROCEDIMIENTO PROBATORIO
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