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miércoles, 30 de marzo de 2011

ARTÍCULO 110. DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y SU EXTENSIÓN.



Artículo no modificado tras la reforma del Código Penal de 22 junio de 2010.


La responsabilidad establecida en el artículo 109 del Código Penal comprende los siguientes aspectos:


  • La restitución (que muchas veces no es posible).
  • La reparación del daño.
  • La indemnización de perjuicios materiales y morales.


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