Si la parte contraria niega o contradice los nuevos hechos o lo hechos que son considerados como nueva noticia contenidos en el escrito de ampliación de hechos o que son expuestos verbalmente en el Acto de la Audiencia Previa; podrá practicarse la prueba pertinente y útil, bien el acto del juicio, o bien, como una diligencia final, si éste ya hubiera finalizado.
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