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miércoles, 4 de noviembre de 2009

FALTA DE COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL EN EL ORDEN CIVIL

FALTA DE COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL EN EL ORDEN CIVIL.


La falta de competencia juidicial internacional en nuestro orden civil español se puede poner siempre de manifiesto por la parte demandada no sometida tácitamente y en ocasiones por el Juez de oficio.

SHIT OF QUESTION

La demanda presentada ante un juzgado español en virtud de un pacto de sumisión expresa:
Nunca priva de eficacia a la sumisión tácita del demandado y tampoco impide al juez apreciar de oficio la existencia de un fuero improrrogable.