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sábado, 11 de diciembre de 2010

¡Puede usted realizar el ingreso por el cajero automático porfavor!

Bueno, ahora está de moda en algunas oficinas de la "Caixa" de que si deseas realizar un reintegro o ingreso por valor inferior a 500 o 300 Euros (según la oficina) lo puedes realizar a través del cajero automático.
Pero últimamente se está transformando en una obligación para el consumidor o usuario.

Personalmente prefiero que me atienda una persona.

Os cuento lo que me pasó el pasado viernes 10 de diciembre de 2010.

Entro a la oficina:

En la pared hay un papel colgado que pone para reintegros o ingresos inferiores a 500 Euros se realiza por el cajero automático. Gracias.

Digo: ¡Buenos días!

Quiero ingresar 500 euros en este nº de cuenta: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

El empleado: Muy bien. Vamos al cajero automático.

Yo contesto: No. (y miro el papel de la pared).

Entonces, el empleado me mira mal.

Le explico que el dinero no es mio y que necesito un justificante de entrega.

Le explico: En el documento que te escupe el cajero concreta "Este documento no se puede utilizar como justificante de pago. La disponibilidad de un ingreso está condicionada a la verificación del contenido del sobre por parte de la entidad. (Esta última frase para mi es ofensiva). 

Y me contesta: No se preocupe, yo lo valido automáticamente.

Y le reitero: No, simplemente no quiero hacerlo por el cajero.

Esta vez vuelve a mirarme con mala hostia. (Aunque no era su intención).

El empleado realiza la operación.

Y mis palabras fueron: Gracias y perdona.

Pregunta: ¿Por qué me tengo que disculpar a un empleado por un servicio que la entidad bancaria ya te está cobrando?

¿Tengo razón como usuaria o consumidora a negarme a utilizar un cajero automático si no me gusta, cuando un empleado me obliga a ello de buenas maneras?

Se aceptan todo tipo de comentarios.