Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: despacho@todo-derecho.com e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO).
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martes, 20 de octubre de 2009
PREGUNTA 1
La parte procesal es la persona que interpone una pretensión ante el juez y a su vez la persona ante la que se interpone.
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LAS PARTES PROCESALES
miércoles, 14 de octubre de 2009
PREGUNTAS 2
¿La solicitud de la oportuna autorización de residencia en nuestro país de un nacional ecuatoriano constituye una cuestión de Derecho Internacional privado?
Mi respuesta: A pesar de que existe un particular que es la persona nacional ecuatoriana y de que interviene un sujeto de derecho público, que sería en este caso el Estado Español u organismo público representativo de éste; la solicitud de la oportuna autorización de residencia en nuestro país no se trata de una cuestión de Derecho Internacional Privado, puesto que el Estado Español interviene en este supuesto ejerciendo su potestad de Imperium y no como persona privada.
Mi respuesta: A pesar de que existe un particular que es la persona nacional ecuatoriana y de que interviene un sujeto de derecho público, que sería en este caso el Estado Español u organismo público representativo de éste; la solicitud de la oportuna autorización de residencia en nuestro país no se trata de una cuestión de Derecho Internacional Privado, puesto que el Estado Español interviene en este supuesto ejerciendo su potestad de Imperium y no como persona privada.
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PREGUNTAS
PREGUNTAS 1
¿Cuál cree que es la función del Derecho Internacional Privado?
Mi respuesta es: La función del Derecho Internacional Privado trata de regular las relaciones internacionales privadas correspondientes a personas físicas y personas jurídicas.
Su concepción científica es la de en primer lugar identificar cuales son las relaciones privadas internas, en segundo lugar se deben identificar cuáles son los problemas del Derecho Internacional Privado y por último saber cual es la norma aplicable al caso concreto.
Su concepción científica es la de en primer lugar identificar cuales son las relaciones privadas internas, en segundo lugar se deben identificar cuáles son los problemas del Derecho Internacional Privado y por último saber cual es la norma aplicable al caso concreto.
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PREGUNTAS
viernes, 9 de octubre de 2009
SUMISIÓN TÁCITA
La sumisión tácita se produce para la persona demandante por interponer la demanda ante un órgano jurisdiccional español y además se produce para la persona demandada por realizar, después de personarse, cualquier actuación distinta a la impugnación en tiempo y forma de la competencia judicial internacional.
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SUMISION TÁCITA
SUMISIÓN EXPRESA
La sumisión expresa en el orden civil a los juzgados y tribunales extranjeros, no surtirá efecto si el demandante y el demandado (ambas partes) se someten tácitamente a los Juzgados españoles.
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SUMISIÓN EXPRESA
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