En el proceso civil Español del recurso de apelación contra una resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia conocerá la Audiencia Provincial.
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: despacho@todo-derecho.com e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO).
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domingo, 10 de enero de 2010
El Recurso de Apelación (X).
El Recurso de Apelación (IX).
En el proceso civil español la segunda instancia del proceso es siempre limitada.
El Recurso de Apelación (VIII).
En el proceso civil Español en el Recurso de apelación de la resolución dictada por un Juez de Paz conocerá el Juez de Primera Instancia de su mismo partido judicial.
El Recurso de Apelación (VII).
En el proceso civil Español la interposición del recurso de apelación produce efectos suspensivos salvo que el objeto apelado sea una sentencia desestimatoria de la demanda o un auto definitivo.
El Recurso de Apelación (VI).
En el proceso civil Español se admite que en el Recurso de apelación se incorporen nuevos documentos, solo si el litigante ha podido acceder a ellos o ha conocido de su existencia, solo después de el último momento en el que pudo incorporarlos al proceso en la primera instancia.
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