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miércoles, 6 de agosto de 2014

RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA UN ACTO ADMINISTRATIVO DE LA AEAT




Presentar un recurso de Reposición contra un Acto Administrativo de la AEAT es relativamente fácil y usted mismo lo puede confeccionar descargándose el formulario en la página web de la Agencia Tributaria si está familiarizado con estos temas.

Primero prepare un borrador para realizar todas las modificaciones necesarias. 
Ha de identificar los datos del recurrente (es decir los suyos), el Acto que se recurre, formular las Alegaciones pertinentes, especificar su solicitud concreta en base a unos fundamentos jurídicos, acompañar toda la documentación necesaria y poco más (pero siempre existen excepciones).
Cuando considere que no ha olvidado ningún punto y lo ha fundamentado jurídicamente lo mejor posible en base a sus conocimientos legales proceda a pasarlo a limpio si puede ser mediante un procesador de texto (por ejemplo word) y si tiene certificado digital lo puede presentar telemáticamente como archivo adjunto.

Pero si usted no tiene ganas, no tiene suficiente tiempo debido a sus obligaciones laborales o familiares o simplemente no entiende nada lo mejor es que acuda a un Abogado de confianza.

DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO le ayudará en todo lo que necesite.

El coste de este servicio es de 50 Euros (21% de IVA INCLUIDO en Factura).
Esperamos tu llamada.
Siempre a tu disposición.





DESPACHO JURÍDICO TODO-DERECHO.


Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá.
Abogada Ejerciente. Colegiada nº 6346 ICAGR. Ilustre Colegio de Abogados de Granada.

Despacho ubicado en:
C/Juan Pedernal, nº4 BAJOS. Guadix. C.P.18.500 (Granada). Spain.
Cita previa llamar al 656 256 804.
Teléfono: 958 68 80 03.
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lunes, 4 de agosto de 2014

DEFIENDE TU PATRIMONIO Y TUS DERECHOS




Desde luego siempre defiende tus derechos, defiende tu patrimonio, defiende tu familia, defiende tu dinero, defiende tu espacio, defiende tu economía, defiende tu cultura pues únicamente tu eres responsable de tu presente y de tu futuro.

Es más, analiza que si en un futuro tienes un problema el Estado y el Gobierno no te ayudarán pues como ciudadano siempre tienes que cumplir con tus obligaciones (pagar impuestos, tasas, etc...) y si no puedes hacer frente a dichas obligaciones te quedarás sin nada y por supuesto el único responsable de lo que le suceda siempre será usted.

Por eso analice cada día cuales son sus gastos y el dinero del que dispone.

Siempre antes de embarcarte en un nuevo proyecto de una gran inversión, comprar una vivienda, firmar cualquier tipo de contrato, crear una empresa u asociación, demandar o denunciar una causa del tipo que sea consulta a un experto o ABOGADO.

Nunca dejes un problema para resolverlo el último momento por eso siempre puedes confiar en DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO para resolver tus problemas.



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sábado, 12 de julio de 2014

DERECHO AL OLVIDO y DERECHO A LA INFORMACIÓN DEL PUBLICO

Estimados señores,

Desde mi más humilde opinión entiendo que esta sentencia es totalmente injusta y  en base a los siguientes criterios:

·         Esta sentencia vulnera totalmente el Artículo 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los Tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la Ley”; ya que el caso que nos ocupa es la www y los efectos de dicha sentencia tienen alcances universales (puesto que se supone que todos los ciudadanos del mundo tienen derecho a acceder a Internet). La Audiencia Nacional Española decidió suspender el procedimiento y plantear al Tribunal de Justicia una serie de cuestiones prejudiciales, de modo que al final no ha decidido un Tribunal nacional Español sino la Gran Sala del Tribunal de Justicia (ya tenemos la primera vulneración).

·         Se supone que el señor Mario Costeja González puede acceder  a Internet  y desde cualquier parte del mundo a la información reclamada ante la AEPD (así que no es un caso que solo afecte a Europa por ser el perjudicado español y los contrarios entidades mercantiles una de ellas americana) por tanto este es un caso totalmente globalizado así como sus repercusiones.

·         Si yo hubiera sido el señor Mario Costeja hubiera reclamado también contra el Ministerio de la Seguridad Social Española porque es el principal causante de todo su problema al realizar el anuncio de pública subasta de una serie de inmuebles en la que aparecen sus datos (tal y como establece la legislación vigente española).  El Ministerio de la Seguridad Social como organismo público Estatal también es responsable de todos los datos de carácter personal y hubiera sido muy digno que una vez finalizada la subasta pública hubiera procedido a la regularización de todos los datos obrantes sobre esa subasta y proceder a su eliminación (ya que pasado los años es irrelevante para el resto de la sociedad y si cualquier ciudadano quiere obtener información puede acudir al Registro de la Propiedad). Por tanto, no solo se ha vulnerado por parte del Ministerio la Ley de Protección de Datos de 1999 sino también Ley de Protección civil de derechos al honor, intimidad personal y propia imagen de 1982 (segunda vulneración).

·         El propio Tribunal remitente acredita que Google Search indexa páginas web de todo el mundo y no trata o clasifica abiertamente los datos que figuran en ellas (según el sexo, religión, edad, etc), con un determinado fin que es en realidad una de las mayores preocupaciones de la AEPD.

·         Según mi Diccionario Larousse desde el punto de vista informático indexar significa ordenar un conjunto de datos para elaborar un índice (algo parecido cuando tienes que realizar un índice bibliográfico para un proyecto de final de carrera) y tratar para este caso es ser una cosa lo que constituye el objeto de lo que se habla, de lo que se intenta o de lo que se hace (y al tratar entonces si tiene que darse un control y protección). Por tanto, como Google no trata datos no ha vulnerado ningún tipo de ley;  todo lo contrario del Ministerio y el periódico “LA VANGUARDIA”.

Mi solución para un futuro inminente es que todas las personas físicas y jurídicas (públicas o privadas) que quieran publicar información en Internet en la que figuren datos personales de terceros se identifiquen como tales en la red con su nº de identificación y firmar un documento digitalmente en la que se obligan a responder ante el tercero perjudicado en caso de controversia jurídica.

Deberán informar al tercero perjudicado de su intención de publicidad de sus datos de carácter personal por ser de utilidad para la sociedad.

Pasado un tiempo prudencial deberán comprobar que la información publicitada ya no es relevante y proceder a su eliminación bajo el control riguroso del proveedor de búsquedas.

Realmente espero que sea de ayuda.
Muchas gracias.



Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá.






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jueves, 10 de julio de 2014

SERVICIO DE ASISTENCIA JURÍDICA Y LEGAL EN DEPENDENCIAS POLICIALES Y JUZGADOS

¿Necesitas un Abogado.....porque te han notificado que has de declarar ante la Policía o en un Juzgado? ¿O simplemente te han detenido?



En ese caso siempre es muy recomendable acudir  acompañado de un Abogado de antemano o bien una vez en dependencias policiales llama a un Abogado de confianza.

Despacho Jurídico Todo Derecho presta este servicio en el Partido Judicial de Guadix. 
El coste de este servicio es de 50 Euros (21% de IVA INCLUIDO en Factura).
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Siempre a tu disposición.




Consejo: Tiene Derecho a optar por acogerse a su Derecho a no declarar.





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martes, 8 de julio de 2014

Y... ¿Qué puede hacer la Comunidad de Propietarios si un vecino no paga las cuotas?

PROPIEDAD HORIZONTAL.

¿Y qué puede hacer la Comunidad de Propietarios si un vecino no paga las cuotas?

Existen varias posibilidades:

  • Antes de proceder a reclamar judicialmente es preferible dar tiempo al tiempo y ser razonables. Siempre se puede acordar en las Juntas de la Comunidad de Propietarios para una situación económica de un vecino concreto la posibilidad de pagar en diferentes plazos o más cómodos mientras dure su maltrecha situación.
  • En el caso de que se trate de un propietario desaprensivo o indeseable es preferible primero hablarlo personalmente, en el caso de que sea imposible contactar es muy recomendable que el propio Presidente de la Comunidad le traslade un escrito o varios con todas las cantidades adeudadas. Coste de la gestión: 20 Euros (21% DE IVA INCLUIDO EN FACTURA).
  • Si después de varios avisos escritos por parte del Presidente el co-vecino no paga es momento de enviarle un burofax  reiterando los atrasos debidos y que se emprenderán acciones judiciales bajo acuerdo de toda la Comunidad de Propietarios. Coste de la gestión: 50 Euros (21% DE IVA INCLUIDO EN FACTURA).
  • Si el vecino no contesta y teniendo en cuenta las cantidades adeudadas a la Comunidad de Propietarios es conveniente iniciar un Proceso monitorio especial relativo a Comunidades de Propietarios.
          
Coste del proceso: 200 Euros (21% IVA INCLUIDO EN FACTURA).
El Despacho se hace cargo del coste del poder para pleitos. (40 Euros aproximadamente).
  1. No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, arquitectos, etc.
  2. Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de Servicios antes de iniciar el servicio jurídico como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza recíproca.



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