Es evidente que la solicitud de guarda y custodia a favor de la madre se fundamenta en el principio del "favor filii", que determina que el interés de los hijos debe alzarse como valor supremo que debe de protegerse y ampararse, por encima del deseo o afán de los progenitores, de tal modo que los Tribunales, de conformidad a este principio, deben de atender y amparar aquella situación que aparezca más beneficiosa para los menores, tal como dispone la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 1986.
Pero aquí no acaba todo.