Hart es partidario de la tesis positivista de que no hay una conexión necesaria entre el derecho y la moral.
Hart dice que existe una influencia de la moral sobre el derecho y eso es algo que no puede ser ignorado.
La influencia de la moral siempre penetra a través de la legislación de una manera silenciosa y pausada a través del proceso judicial.
Es verdad que en todo sistema jurídico posee una moral interna del derecho, es decir, la moral correspondiente a un sistema de reglas generales que se hacen siempre conocer públicamente y son aplicadas judicialmente.
Hay que decir que se produce una conexión necesaria entre el derecho y la moral.
Cuando decimos que una norma jurídica es válida no quiere decir que se le deba una total obediencia.
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: 6346@icagr.es e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO). Consulta presencial en nuestro despacho 50 euros (IVA INCLUIDO).
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miércoles, 11 de febrero de 2009
EL PLANTEAMIENTO DE HART ACERCA DE LA SEPARACION ENTRE EL DERECHO Y LA MORAL
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FILOSOFIA DEL DERECHO
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