Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de 14 años y menores de 18 años por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.
Las personas a las que se aplique la presente Ley gozarán de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en el ordenamiento jurídico, particularmente:
- En la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor, así como en,
- La Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y,
- En todas aquellas normas sobre protección de menores contenidas en los Tratados válidamente celebrados por España.
Un saludo,
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