Efectivamente también sigue vigente la Ley 49/2003, de 26 de noviembre - RCL/2003/2755, DE ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS.
ASÍ QUE EN CUANTO A LEYES GENERALES TENDREMOS QUE MIRAR LA LEY DEL 2003 Y DEL 2005, DESPUÉS NUESTRO CÓDIGO CIVIL, Y LAS LEYES AUTONÓMICAS SOBRE ESTA MATERIA.
TO BE CONTINUED....
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