La competencia corresponde siempre al tribunal del domicilio que debe llevar a cabo la conducta en que consiste la diligencia.
Será necesaria la representación de procurador y defensa técnica de letrado, salvo que se acredite la urgencia de la medida.
Será necesaria la representación de procurador y defensa técnica de letrado, salvo que se acredite la urgencia de la medida.
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