Existen muchos tipos de diligencias preliminares y la única nota que tienen en común es preparar sobre todo el proceso, con la intención de aclarar algunos elementos que sean desconocidos o bien sirven para aclarar dudas que surjan.
Se trata de una lista de numerus clausus que vienen descritas en el artículo 256 de la LEC.
- Declaración de hechos o exhibición de documentos en donde conste la capacidad, o la representación o la legitimación.
- Exhibición de cosa mueble.
- Exhibición del acto de última voluntad.
- Exhibición de documentos y cuentas entre socios comuneros.
- Exhibición del contrato de seguro de responsabilidad civil.
- Concreción de las personas que integran un grupo de afectados.
- Diligencias y averiguaciones contempladas en leyes especiales.
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