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lunes, 27 de julio de 2009

EL ENFOQUE DE DWORKIN



Las características de su enfoque son las siguientes:


1. Contempla el derecho no desde el punto de vista del legislador, sino desde el punto de vista del juez que ha de resolver un caso dificil.

2. Su teoría no pretende dar cuenta de cualquier sistema jurídico, sino de aquellos que pueden considerarse legitimados, esto es, de los sistemas jurídicos de los Estados democráticos.

3. No interesan tanto las relaciones entre el Derecho y el poder, sino que pone más énfasis en destacar los aspectos morales del Derecho.

4. Construye una concepción del Derecho desde el punto de vista del participante, del aceptante del derecho.

5. Defiende una teoría interpretativa del derecho. El derecho es básicamente interpretación. Dworkin compara la interpretación que un juez realiza de la práctica jurídica con un novelista que es invitado a continuar una novela en cadena cuyos capítulos anteriores han sido redactados por otros autores.

El último autor tomará como verdaderas aquellas proposiciones acerca de la novela que sean más consistentes con el argumento global.

La tesis de Dworkin es que la voluntad de estos actores, ya sean legisladores o jueces, igual que cualquier otro novelista de la cadena, está supeditada al mejor argumento jurídico dentro de una práctica que tiene una historia y se proyecta hacia el futuro.

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