REUNE DOS ELEMENTOS
1. LA TRADICION NORTEAMERICANA, QUE RECOGE LA IDEA DE GARANTIA JURISDICCIONAL, ASÍ COMO UNA EXIGENCIA DE RIGIDEZ, QUE SIGNIFICA UNA DESCONFIANZA ANTE EL LEGISLADOR ORDINARIO, ES MÁS LIBERAL QUE DEMOCRÁTICA.
2. LA TRADICION DE LA FRANCESA REVOLUCIONARIA, ES EL RESULTADO DE QUE UNA CONSTITUCIÓN TRANSFORMADORA QUE PRETENDE CONDICIONAR DE MODO IMPORTANTE LAS DECISIONES DE LA MAYORÍA, DONDE EL PROTAGONISMO CORRESPONDE AL LEGISLADOR DEMOCRÁTICO Y POR TANTO LA ÚLTIMA PALABRA SE ENCOMIENDA A LOS JUECES.
FERRAJOLI DICE QUE, LAS CONSTITUCIONES NO SOLO REPRESENTAN LA CULMINACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO A TRAVÉS DE LA EXTENSIÓN DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD A TODOS LOS PODERES, SINO QUE TAMBIÉN CONSTITUYEN UN PROGRAMA POLÍTICO PARA EL FUTURO.
LAS CONSTITUCIONES SON UTOPIAS DE DERECHO POSITIVO.
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: 6346@icagr.es e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO). Consulta presencial en nuestro despacho 50 euros (IVA INCLUIDO).
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viernes, 31 de julio de 2009
EL MODELO DEL ESTADO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO
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