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domingo, 7 de febrero de 2010

LA PRACTICA DE LA PRUEBA DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL.



En el proceso civil español, en la práctica de la prueba de reconocimiento judicial pueden estar presentes e intervenir:

Las partes, sus abogados y procuradores y también personas "entendidas", si de oficio o a petición de cualquiera de las partes, el Juez lo estima finalmente conveniente.

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