Web oficial de DESPACHO JURÍDICO TODO-DERECHO

https://www.todo-derecho.com/

viernes, 31 de diciembre de 2010

ARTÍCULO 44. SEGUROS CONTRA DAÑOS.

Este artículo si es cañero....


El asegurador no cubre los daños por hechos derivados de conflictos armados, haya precedido o no declaración oficial de guerra, ni los derivados de riesgos extraordinarios sobre las personas y los bienes salvo pacto en contrario.

No será de aplicación a los contratos de seguros por grandes riesgos, tal como se delimitan en la propia ley, lo estipulado en el artículo 2 de la misma.

...¿y cubre los daños producidos durante el Estado de Alarma declarado por el Gobierno Español, para algunos casos concretos?

¿Por qué seguimos en Estado de Alarma? ¿No???



jueves, 30 de diciembre de 2010

ARTÍCULO 26. SEGUROS CONTRA DAÑOS.

Este punto es super fuerte...

El seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto por el asegurado. Para la determinación del daño se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la realización del siniestro.

Enriquecimiento injusto, que palabras más bonitas.

ARTÍCULO 25. SEGUROS CONTRA DAÑOS.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo cuatro, el contrato de seguro contra daños es nulo si en el momento de su conclusión no existe un interés del asegurado a la indemnización del daño.

Artículo realmente retorcido!!!

martes, 28 de diciembre de 2010

ANTONIO: YO NO QUIERO JUBILARME A LOS 67 AÑOS.

Pues ahora con tanto reforma legislativa, estoy bastante preocupada y arrastro desde el día 25 de Diciembre una profunda melancolía (siempre me pasa lo mismo).
No quiero jubilarme a los 67 años y tiene una fácil y larga explicación.

Las navidades ya no son lo que eran, nunca se han vuelto a celebrar con el mismo cariño y con  las mismas ganas, por lo menos en mi casa, a pesar de que lo intento (pero en el fondo lo entiendo). 

Mis dos abuelos se llamaban Antonio (así como otros familiares, también hay Antonias para variar) y aquí empieza la historia...... (mi vida está llena de Antonios).

El padre de mi padre (Antonio) falleció a los 65 años, a los 63 le detectaron un cáncer y 6 meses antes de morir; mis padres me llevaron de vacaciones para que me conociera, yo era muy pequeña y no recuerdo nada, pero me decían que jugaba conmigo a las cartas. (Está claro que se de lo que voy a morir).

Antonio, yo no quiero jubilarme a los 67 años. Cueste lo que cueste y me cueste lo que me cueste.

El padre de mi madre (Antonio) falleció a los 65 años (1988), el 31 de Diciembre tocaba cenar en mi casa, mi abuelo (el único que me quedaba), me dijo en el momento del café y las copichuelas:

-  ¡Niña ves y tráeme la caja de puros que guarda tu padre!

No se porque, pero aquello no me gustó...... 

Como soy buena niña, fui al escondite a por la caja de puros, cuando volví al comedor, mi abuelo dijo:

- Escoge uno para mí, caperucita....

- Cogí uno con miedo, y le dije abuelo, fumar no es bueno y no deberías - le contesté.

- Calla niña!! De algo tendré que morirme. - (La última frase que recuerdo de él).

Al día siguiente el 1 de Enero de 1988, murió por la tarde de un infarto, después de una larga agonía tirado en el suelo de una calle no muy transitada, la gente que pasaba, pensaba que estaba borracho y no le socorrían hasta que una vecina lo reconoció y lo llevaron al hospital.

Toda la vida trabajando para nada y ahora quieren que nos jubilemos a los 67 años, a quien quieren engañar.

Antonio, yo no quiero jubilarme a los 67 años. Cueste lo que cueste y me cueste lo que me cueste.

*********************************************************************************


Bueno, ahora solo me queda deciros, y que conste en Acta sin notario, que mi primer hijo se llamará Antonio.

Todo aquel que se llama Antonio, cumple las siguientes características:

Es de naturaleza amable, emotivo y condescendiente. Es suave, cordial, sagaz y muy muy persistente.
Le gusta la armonía y los métodos persuasivos.
Y sobre todo ama las cosas del amor, del honor y de la familia, los buenos modales y todo lo que tiene valor. (Bueno supongo que de raza le viene al galgo).



jueves, 23 de diciembre de 2010

FELIZ NAVIDAD 2010




   Bueno, no me ha tocado la lotería, pero como recompensa hoy me he comprado una bolsita de monedas y billetes de chocolate. ¡Un gran placer!!! y mientras escucho Heart Full of Soul de Chris Isaak , ¿Cuál me como, el billete de 50 Euros o el de 500????

Pero como soy una buena chica y muy práctica, solo os deseo que paséis una Feliz Navidad y que el 2011 os traiga mucha pasta y salud para gastarla.

Va por ustedes.


F E L I Z    N A V I D A D  2010

miércoles, 15 de diciembre de 2010

DELITOS DE ASESINATO EN OLOT

La noticia que he visto hoy al completo en el telediario sobre el asesinato de 4 personas en Olot  por un hombre presuntamente desquiciado por la vida (no será la primera ni la última).

La situación que me imagino es la siguiente:

Al hombre  le adeudan dinero (sea el que sea).

Con el macro invento de la crisis virtual (el empresario no le paga, sea cual sea el motivo).

El susodicho se chamusca y mata al empresario y al hijo.

Y ya que está de barro hasta las cejas, decide rematar la faena.

Es un suponer, hipotecado, debe varios meses y posiblemente otros préstamos.

Los del banco, cumplen con su deber (y le comunican previo aviso de que está apunto de quedarse sin su vivienda habitual), ni corto ni perezoso va a la entidad bancaria (bum, bum y mueren otras dos personas).

¿Podemos hablar aquí de delitos conexos?
Artículo 17.5º de la Lecrim.

Los diversos delitos que se imputen a una persona al incoarse contra la misma causa por cualquiera de ellos, si tuvieren analogía o relación entre sí, a juicio del Tribunal, y no hubiesen sido hasta entonces sentenciados.

Se aceptan sugerencias.





sábado, 11 de diciembre de 2010

¡Puede usted realizar el ingreso por el cajero automático porfavor!

Bueno, ahora está de moda en algunas oficinas de la "Caixa" de que si deseas realizar un reintegro o ingreso por valor inferior a 500 o 300 Euros (según la oficina) lo puedes realizar a través del cajero automático.
Pero últimamente se está transformando en una obligación para el consumidor o usuario.

Personalmente prefiero que me atienda una persona.

Os cuento lo que me pasó el pasado viernes 10 de diciembre de 2010.

Entro a la oficina:

En la pared hay un papel colgado que pone para reintegros o ingresos inferiores a 500 Euros se realiza por el cajero automático. Gracias.

Digo: ¡Buenos días!

Quiero ingresar 500 euros en este nº de cuenta: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

El empleado: Muy bien. Vamos al cajero automático.

Yo contesto: No. (y miro el papel de la pared).

Entonces, el empleado me mira mal.

Le explico que el dinero no es mio y que necesito un justificante de entrega.

Le explico: En el documento que te escupe el cajero concreta "Este documento no se puede utilizar como justificante de pago. La disponibilidad de un ingreso está condicionada a la verificación del contenido del sobre por parte de la entidad. (Esta última frase para mi es ofensiva). 

Y me contesta: No se preocupe, yo lo valido automáticamente.

Y le reitero: No, simplemente no quiero hacerlo por el cajero.

Esta vez vuelve a mirarme con mala hostia. (Aunque no era su intención).

El empleado realiza la operación.

Y mis palabras fueron: Gracias y perdona.

Pregunta: ¿Por qué me tengo que disculpar a un empleado por un servicio que la entidad bancaria ya te está cobrando?

¿Tengo razón como usuaria o consumidora a negarme a utilizar un cajero automático si no me gusta, cuando un empleado me obliga a ello de buenas maneras?

Se aceptan todo tipo de comentarios.


jueves, 9 de diciembre de 2010

ALARMADOS O ESTADO DE ALARMA

Hello a todos!

Del tema de los controladores queda poco ya por comentar, pero en cuanto escuché en las noticias de que se había declarado en el territorio Español "El estado de Alarma" recogido en nuestra Constitución Española de 1978 en su artículo 116, me acordé entonces de mi profesor de Derecho Constitucional I.

Mi querido profesor nos comentó que no explicaría este artículo y que pasaríamos a explicar el siguiente tema por la siguiente razón:

- ¡Cómo podéis comprobar, es inutil explicar el Estado de alarma, puesto que se trata de una situación bastante improbable que se produzca en España! Debido a nuestro Estado de bienestar y a nuestro sistema garantista de derechos y que vela por ellos nuestra querida Constitución!

¡Pero como me acuerdo ahora mismo de este profe!


Va por ustedes.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

EXPOSICIÓN ORAL DE UNA DEMANDA DE DIVORCIO


Espero que os sea de ayuda.

Con la venía señoría,
HECHOS
Primero.- Doña Marta Martín Martínez y don Carlos Pascual Alcaina Revelles contrajeron matrimonio el día 25 de Enero de 1994 en  la localidad de Guadix (Granada).
Segundo.- Fruto de dicho matrimonio tuvieron los siguientes hijos: Pascual Tomás Alcaina Martín y Victoria Alcaina Martín de 10 y 6 años de edad respectivamente.
Tercero.- La vivienda familiar pertenece pro indiviso a ambos cónyuges adquiriéndola en escritura pública ante el Notario de esta Ciudad de Guadix don Hipólito Roldán Rodríguez en fecha de 29 de Septiembre de 1993.
Cuarto.- Los ingresos aproximados de Doña Marta Martín Martínez son de 1150 Euros que obtiene por su actual trabajo de recepcionista en el HOTEL NH de Granada.
Quinto.- Mi cliente, el señor Carlos Pascual obtiene unos ingresos mensuales de 1200 Euros por los trabajos realizados en la empresa “Fomento de Construcciones y Contratas”.
Sexto.- En este punto, hago especial hincapié en el comportamiento negligente de la   demandada puesto que en el transcurso del último año no ha atendido con la debida diligencia a los hijos fruto del matrimonio,   debido a los cambios de turno en su lugar de trabajo.
Como fundamento de los anteriores hechos se adjuntan a la presente demanda los siguientes DOCUMENTOS:
a)      Con relación al primer hecho, se adjunta como DOCUMENTO número uno la certificación de la inscripción del matrimonio.
b)      En relación al segundo hecho, se adjunta a la presente demanda las correspondientes inscripciones de los hijos en el Registro Civil (documentos dos y tres).
c)       Que en prueba del hecho tercero, se adjunta la correspondiente copia de la escritura pública de adquisición de la vivienda familiar (Documento cuatro).
d)      Finalmente, en prueba del hecho cuarto,  se adjunta la correspondiente nómina de Marta Martín Martínez.




A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Las partes están capacitadas para entablar la presente relación jurídico-procesal, conforme a los artículos 6 y siguientes de la Lec.
Segundo.-  La representación del actor y la postulación a la presente demanda es la procedente conforme al artículo 23 y siguientes de la Lec.
Tercero.- En cuanto a la competencia del Juzgado me remito, al artículo 769 de la Lec.
Cuarto.- La sentencia firme producirá, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución del régimen económico matrimonial (artículo 95, párrafo primero del Código Civil). En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden (artículo 96 del Código Civil).
Quinto.- El artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regula las costas que deberán ser impuestas a la parte demandada.

En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentada esta demanda de divorcio contra dona Marta Martín Martinez,  junto con sus documentos y copias de todo ello, se sirva admitirla y dicte en su día sentencia por la que declare el divorcio de los cónyuges, acordando la inscripción de la resolución en el Registro Civil de Guadix.
Como efectos personales y patrimoniales de la anterior declaración se solicita del Juzgado y se declare a su vez:
Primero.- Que la guarda y custodia de los hijos menores del matrimonio se ejercerá por el padre, pudiendo el otro cónyuge permanecer en compañía de los mismos los fines de semana alternos desde las diez horas del viernes hasta las veinte horas del domingo, así como durante el periodo de vacaciones de Navidad, Semana Santa y vacaciones de verano de los menores, debiendo notificar siempre al padre, el domicilio donde residirán los mismos.
Segundo.- También el padre podrá comunicar a la madre cualquier anomalía que les pudiera suceder a los menores y permitir a éstos la comunicación con su madre en cualquier momento, cuando éstos o ella así lo solicitaren.
Tercero.- El periodo de vacaciones tendrán su inicio, para el caso de discrepancia entre los progenitores, los años pares el padre y los años impares la madre.
Cuarto.- En los supuestos de enfermedad padecida por los menores, el cónyuge a cuyo cuidado estuviere, se lo comunicará al otro lo más rápidamente posible, pudiendo en este supuesto visitarlo sin ningún tipo de impedimento ni limitación.
Quinto.-Todo lo relacionado con la educación, docencia, formación y asistencia médica de los menores, será decidido siempre por ambos progenitores de común acuerdo, teniendo siempre en cuenta el interés de los hijos.
Sexto.- Se atribuya el uso y disfrute de la vivienda familiar al padre, debiendo la madre abandonar el domicilio familiar llevándose los enseres, objetos y ropa personal a cuyo fin se le facilitará la entrada en el domicilio. Asimismo se solicita que el uso y disfrute del ajuar doméstico principal se atribuya al marido, con todos los bienes muebles que en el mismo actualmente existen.
Séptimo.- Se atribuya el uso y disfrute de la segunda vivienda de vacaciones, garaje y anexos  a la madre, sita en la calle Almería, nº 28 de Almerimar (Almería).
Octavo.- Se atribuya el uso y disfrute del coche grande todo terreno marca BMW a la madre, mientras el uso y disfrute del coche pequeño marca Opel Corsa será para el padre.
Noveno.- Se conceda una pensión alimenticia a favor de los hijos menores de 150 Euros mensuales para cada uno de los hijos, siendo satisfecha dicha cantidad por mensualidades adelantadas, entre los días 1 a 5 de cada mes. Dicha cantidad se actualizará anualmente, de acuerdo con el IPC o estadística que le sustituya legalmente para la actualización de precios al consumo.
a)      Asimismo el esposo ser hará cargo mensualmente de satisfacer íntegramente, como buen padre de familia  la hipoteca que grava el domicilio familiar.
b)      Se conceda a la madre una pensión compensatoria de 100 Euros mensuales revalorizada de acuerdo con el mismo régimen que para la pensión alimenticia de los hijos.
c)       Se acuerde la liquidación del régimen económico matrimonial de gananciales por el que se regían los cónyuges.
d)      Y que se condene en costas a la parte demandada.

Por lo que esta parte confía esperando se dicte sentencia conforme al supuesto de la demanda.

viernes, 26 de noviembre de 2010

UN COMPAÑERO MÍO ME DIJO LA SEMANA PASADA.



Uno de mis mejores compañeros me comentó que mi futura profesión (eso de ser abogado) tendrá largo y prometedor futuro en cuanto a los casos de menores se refiere y sobre todo cuando los actuales menores alcancen la edad adulta.

Me comentó que de aquí a 10 años los juzgados de Instrucción y de lo penal del territorio español estarían llenos de denuncias por parte de los progenitores contra sus hijos (que son ahora menores).

Es decir, mi compañero opina que esta generación perdida, no tendrá futuro laboral ni social, así que llegarán al extremo de quitarles todo lo que tengan, hasta incluso expulsarlos de sus propias viviendas.

Y me hizo reflexionar, ¿Estamos frente a un nuevo delito penal?


sábado, 20 de noviembre de 2010

DIPLOMATURA EN RELACIONES LABORALES

Es una lástima pero cuando he accedido a la página de información general de la Diplomatura en Relaciones Laborales de la Universidad de Barcelona pone en el apartado de acceso lo siguiente:

Diplomatura en extinción. A partir del curso 2009-10 se 

sustituirá por los estudios de grado.

No me gusta como le llaman ahora a las carreras universitarias:  "los estudios de grados o los de postgrado, yo prefiero mejor diplomatura o licenciatura.


Características:


Adquirir conocimientos teóricos y prácticos relacionados con el trabajo respecto a la organización y a las relaciones que comporta y genera en los sistemas sociales avanzados.



Los estudios referentes al trabajo se iniciaron en 1925. Se ubicaron en las llamadas Escuelas Sociales y, a partir de 1980, en las Escuelas de Graduados Sociales. A partir de 1986 se inició el proceso de integración de las Escuelas Sociales dentro de la Universidad. Como resultado, la diplomatura de Relaciones Laborales empezó a impartirse en la UB en el curso 1994-1995.  (Yo soy de la tercera promoción).
Los estudios incluyen asignaturas como Sociología, Economía, Contabilidad, Estadística, Derecho Sindical, Dirección y Gestión de Personal, Seguridad en el Trabajo, Acción Social en la Empresa, etc.

  • Capacidad de análisis y síntesis.
  • Capacidad de trabajo en equipo y de desarrollar habilidades sociales para resolver conflictos.
  • Buenas aptitudes de comunicación tanto oral como escritas.
  • Interés por los temas sociales y laborales.
  • Profesional liberal especializado en el asesoramiento y la representación jurídico-laboral.
  • Técnico de recursos humanos o jefe de personal, en el ámbito de las empresas.
  • Personal funcionario de los cuerpos de gestión de las administraciones públicas o de la Administración local en el ámbito de la gestión de iniciativas económicas.
  • Servicios públicos y privados de intermediación y colocación.
  • Docencia en las áreas de formación y orientación laboral. 

Al acabar la carrera, es posible acceder al segundo ciclo de diversas licenciaturas. (Esto fue lo que hice yo).

jueves, 18 de noviembre de 2010

Tenía 13 años cuando mi tutor en 8º de EGB......

Tenía 13 años cuando mi tutor en 8º de EGB......el último día de clase (mientras todo el mundo se ponía hasta el flequillo de todo lo que había en las mesas para picar) y fin de una infancia feliz, me dijo:

Ven un momento, que tengo que hablar contigo.

Yo pensé, - ya verás ahora me suspende ética y no me dan el Graduado Escolar.

Me acerqué temerosa pero con paso firme. 

Sus palabras fueron las siguientes:

Mira Elisabet escuchame bien......y que no se te olvide......  este mundo está lleno de cabrones y de hijos de puta, así que ten mucho cuidado, porque están por todas partes.....

Aquello me afectó tanto que a las 2 semanas me vino mi primera regla. 

El profesor con más cojones que he tenido nunca. Me gustaría saber que es de su vida y decirle que tenía y tiene toda la razón del mundo.

Ahora que ya se lo que quiero ser de mayor espero no defraudar y continuar con aquella sencillez de mis trece años.
Va por ustedes.

sábado, 13 de noviembre de 2010

AVISO IMPORTANTE A NAVEGANTES DE GRANADA

La semana pasada pasaron por mi casa dos comerciales que supuestamente eran de Endesa Energía XXI, s.l.u.

Me comentaron si les podía enseñar mi factura de la luz porque se estaban produciendo errores a la hora de la facturación y los consumidores estaban pagando mucho más dinero del debido.

Eso fue lo que me hizo sospechar puesto que ahora en casa pagamos menos electricidad ya que hemos instalado por todo nuestro hogar lámparas y bombillas tipo led y os puedo asegurar que es un buen invento y doy fe de que se gasta muchísimo menos.

Al comercial le dije que no le iba a enseñar la factura, que me dejara su tarjeta y que ya le llamaría cuando supiera si era verdad lo que me estaba diciendo.

Entonces empezó a subir el tono de voz, me recordó que en Mayo de 2009 habían enviado una carta diciendo que si no contrataba con un comercializador de mercado libre de los indicados en la factura al finalizar el año 2010 me cortarían el suministro y hasta me enseñaron un croquis y me reiteraron que estaban llamando a mi puerta para ayudarme y aconsejarme.

¡Pues solo me faltaba eso!

Se fueron con los rabos entre las piernas.

Acto seguido me fui a buscar mi última factura de la luz.

Los coleguillas trabajan para Endesa Energía, S.A.U.

¿Desde cuándo se ha preocupado nadie por mí y por mi familia y por mi hogar? Estoy acostumbrada a que solo me lleguen facturas, multas, recibos, etc....







miércoles, 10 de noviembre de 2010

ESPERO NO TENER QUE REDACTARLO NUNCA (NO SOY DE ESE ESTILO)


AL DECANO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE __________________

Mediante el siguiente escrito y para dar cumplimiento en lo previsto en el artículo 12.3 del Código Deontológico de la Abogacía Española aprobado por la Junta de Gobierno del  Ilustre Colegio de Abogados de _____________, tengo a bien SOLICITARLE LA VENIA para entablar acciones judiciales contra el compañero SR/Sra.______________.

            Le agradecería que me comunicara si existe para el caso que a continuación le detallo una posible labor de mediación.
           
            HECHOS:




           
            Tras un no entendimiento con el Sr./Sra. recurro a usted como último recurso, puesto que es la primera vez que en mi carrera profesional me he encontrado en esta vicisitud. Confío en su buen criterio y honor.


En espera de su pronta solución y buenas noticias,


     Reciba un cordial saludo,



FDO.:

En la ciudad de__________, a ___ de______________de_________.







lunes, 8 de noviembre de 2010

QUEDA MUCHO POR APRENDER

Lo que he aprendido:

Para un abogado es fundamental dominar el diálogo persuasivo en el acto del juicio oral, (es decir, convencer al otro o a una tercera parte de que tu situación inicial como orador es la mejor).

Pero no hay que abusar (según las circunstancias).No todo se basa en la persuasión.

Y la parte que a mi más me gusta es el diálogo de la indagación, ( trata de la necesidad de llegar a una conclusión, probando verazmente que unos hechos son ciertos).


viernes, 5 de noviembre de 2010

CONFERENCIA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO

Hoy he asistido a la conferencia sobre violencia de Género y las razones y medios para combatirla.
En el salón de Actos del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, Sede Plaza Santa Ana.

La fiscal Delegada de Violencia a la Mujer de Andalucía (Dña. Flor de Torres Porras) ha hablado sobre la labor acusatoria en los delitos de violencia de género.

Y el subdirector General adjunto de Planificación y Coordinación Interinstitucional D. Emilio Castellano Rodriguez ha realizado la ponencia sobre la situación actual en la lucha contra la violencia de Género.

Realmente muy interesante.

miércoles, 3 de noviembre de 2010

DELITO DE EXHIBICIONISMO

Algo que presencié siendo menor de edad entre otro vecinos de la comunidad, (practicamente imposible salir a la terraza sin toparte en frente con el a cualquier hora del día).
El exhibicionista es aquella persona que padece según el mundo de la psiquiatría una parafilia caracterizada por la exposición compulsiva de los genitales ante otras personas. (No lo pongo en duda).
La parafilia = se llega al placer sexual no mediante la penetración o cópula sino mediante otra actividad que produzca el mismo efecto. (Muy técnico).

Para el caso anterior ¿Se podría aplicar el dolo eventual? Puesto que al exhibicionista le resultaba indiferente realizar sus exhibiciones en un contexto espacio temporal el que fuere (tiene gracia) en el que se encuentren menores que pueden observa su actividad.

La verdad es que no era nada agradable.

martes, 2 de noviembre de 2010

SILLA DE RUEDAS DE MINUSVÁLIDOS

Hoy a las 14:35h en una calle de Granada ciudad, he visto a un minusválido con su silla motorizada a toda leche.
Una de dos:

  1. O tenía más prisa que yo.
  2. O quería tener un accidente vial.

Lo bueno es que todos los peatones o viandantes íbamos parando en seco al verlo.
Calculo que al menos alcanzaba la silla motorizada los 10 Km/h.
Si atropella a alguien ¿Podríamos exigirle responsabilidad civil por daños y denunciarle por conducción temeraria?

Ustedes mismos.

viernes, 29 de octubre de 2010

¡A ver quien se come esto!

Tipo cualificado común para agresiones y abusos sexuales.

Tenemos lo siguiente:

El acceso carnal por vía vaginal entendido como penetración, según una sentencia del STS DE 26 de Abril de 2000, (que puede ser anal o bucal). Que quede claro que las agresiones sexuales se denominan violaciones.

Pero vaginal, anal o bucal, ¿No son cosas distintas????.

Luego están la introducción de objetos por vía vaginal o anal. El Tribunal Supremo entiende lo anterior por "cosas inanes" excluyendo penetraciones de órganos que formen parte de las relaciones sexuales socialmente aceptadas, que sólo integran esta agravación si se dan especiales condiciones vejatorias o degradantes para la víctima, no se tendrá en cuenta la introducción de los dedos
¡Pero hay que tener en cuenta la forma en la que se introducen los dedos!! Vaya tela!!!

He buscado en mi Diccionario y algo inane es algo inútil. 

¡Vamos a ver! si abusan de ti introduciéndote los dedos no cariñosamente ¿Se considera relación sexual socialmente aceptada?

Reflexionen ustedes.

jueves, 28 de octubre de 2010

Tres metros sobre el cielo PUES NO, LOS PIES SOBRE LA TIERRA.

Tres metros sobre el cielo. Tres palos les daría yo a todos.

No estoy en nada de acuerdo con el argumento de esta película y con otras del mismo género, ¿pero que clase de mierda estamos metiéndole a  los adolescentes en sus cerebros?.

¡Qué a los tíos solo les gustan las guarras! ¡Y que están bien para un rato! ¡Pero que harta estoy de las frases hechas!
¡Qué lo guay es montárselo con el primero tío que sea porque así estaremos bien vistas!
¡Qué a las tías solo nos gustan los macarras o macarrillas con moto!
¡Qué ser una mosquita muerta, estrecha no está bien visto! 
¡Diferencias de clases sociales! Marcándolas bien, niña bien (que va para guarrilla) le gusta el chulillo de turno y viceversa.


Eso no se lo cree ni Dios.

A que clase social va dirigida esta película??????????????????????????????????????????????


Que conste en acta, siempre me han gustado los tíos ¡¡¡¡¡¡¡¡bien proporcionados, ni guapos totales ni feos!!!!
No hay que ser tan exigente. 

Coño, con personalidad y que les guste estudiar no un poco (sino mucho), que se lo curren honradamente.
No machistas, que te valoren, con perspectivas de futuro, con dinero o sin dinero.
Descartamos los cabrones, arribistas e hijos de puta.

A ver si hacen una película real. Leche!!!!!

miércoles, 27 de octubre de 2010

PERO VAMOS A VER....

¡¡¡¡Tan chungo es especializarse en menores!!!!

Resulta que para ser del turno de oficio en menores en Granada, (Spain is different) tienes que hacer unos cursos a parte de las prácticas jurídicas y estos se imparten de higos a brevas en el propio Colegio de Abogados de Granada.
Como siempre me lo pierdo todo y la última vez que se celebraron fue en Abril y Mayo de este año.

Ahora no se sabe cuando volverán a impartir otros.

Mi gozo en un pozo.

martes, 26 de octubre de 2010

ARTÍCULO 37. ASISTENCIA ESCOLAR Y FORMATIVA DE LOS MENORES INTERNOS

La entidad pública correspondiente y el organismo que en el respectivo territorio tenga atribuida la competencia en la materia adoptará todas las medidas oportunas para garantizar el derecho que tienen los menores internados a recibir la enseñanza básica obligatoria que legalmente le corresponda, cualquiera que sea su situación en el centro. También facilitarán a todos los menores el acceso a otro tipo de estudios que compongan los diferentes niveles del sistema educativo y otras enseñanzas no regladas que puedan contribuir a su desarrollo personal y que sean adecuadas a sus circunstancias.

En Junio de 2009 (mientras hice el PRACTICUM I y II) tuve la oportunidad de visitar un centro de menores en Granada concretamente el Centro de menores San Miguel (que en realidad es una semi-cárcel) ubicado en el camino de la Ermita, nº 15, C.P. 18010. 

Nos acompañaba el director del centro e interrumpimos una clase (más bien interrumpimos un exámen) para saludarles. No se como describir el momento (totalmente extraño).

Ojalá pueda asistir ahora que estoy haciendo las prácticas jurídicas en Granada a todos los juicios posibles en materia de menores. Durante el Practicum asistí a varios juicios y aprendí bastante, además me lo pasé muy bien y disfruté (bueno cualquiera que lea esto pensará que estoy loca, pero, lo siento, lo tenía que soltar).

Creo que es una materia interesante, pero no tengo ni idea de que hacer para que nos den permiso en la Escuela de prácticas jurídicas. Además el tiempo es muy limitado.

lunes, 25 de octubre de 2010

OFICINA DE ATENCIÓN TELEFÓNICA

Yo pensaba que las máquinas virtuales que te salen al llamar a un 900 o cualquier otro telefono habían desaparecido, pero hoy he comprobado que el Estado las sigue utilizando.

Si es usted una persona que estaba cobrando el subsidio por desempleo y ha tenido la gran suerte de encontrar un puesto de trabajo, ha de saber que debe comunicar al Inem que ha reanudado su actividad laboral para que le suspendan temporalmente la prestación.

Para ello ha de llamar al 901 11 99 99, te atiende amablemente la voz (que me recuerda a la voz robotizada que escuché en un Audio-libro) que te dice:

Marque 1 ( blaaa blaaa blaaaa)
Marque 2 (esta es la nuestra), para prestaciones.
Marque 3 ( blaaa blaaa blaaaa)

Después marca las dos primeras cifras del código postal del municipio donde resides y después de 30 segundos aproximadamente te contesta una señora.

El horario de atención al público es de 09:00h a 14:00h.
No apto para sordos o nerviosos.

Espero que os sirva de ayuda.

sábado, 23 de octubre de 2010

ARTÍCULO 20. Tratamiento de fondos ajenos.

Se supone que cuando el Abogado está en posesión de una cantidad de dinero o de valores de clientes suyos o de terceros, estará obligado a tenerlos depositados en una o varias cuentas específicas para este efecto en un banco o en una entidad de crédito, con total disposición inmediata.

Estos depósitos no podrán ser concertados ni confundidos con ningún otro tipo de depósito del abogado, del bufete de abogados, del propio cliente o de terceras personas.

A su vez, los abogados tienen la obligación de comprobar la identidad exacta y correcta de quien les entrega los fondos.

En ningún caso el abogado no puede hacer uso del dinero depositado para realizar cualquier tipo de pago o para cubrir sus honorarios, a no ser que exista consentimiento expreso y escrito del propio cliente.

¡Parece justo!!!

viernes, 22 de octubre de 2010

PAJIN LA NUEVA MINISTRA DE SANIDAD.

¡Qué hoy disculpen los caballeros!

Todo un caballero ha comentado de la nueva Ministra  de Sanidad que va a repartir condones a diestro y siniestro por donde quiera que vaya", y cuya "carita" y "morritos" le provoca siempre pensar en "lo mismo".

Yo creo que en el fondo le gusta y sueña con ella todas la noches, (no hay nada de malo en recrearse).
¿Por qué sino para que hacerlo público y dándole tanto énfasis?

A veces los hombres no saben como dirigirse a una mujer y viceversa o como entablar una conversación adulta sin resultar panolis.

Bueno, que un hombre de 15, 20, 30, 40, 50, 60, 70 (no sigo) te escanee de arriba a abajo (oye tu no pasa nada). Todo suele empezar con un simple escaneo y lo guardan en su micro sd para siempre, porque la primera impresión es la que cuenta. Y yo creo que lo anterior es lo que le paso a este hombre con la señora Pajín. (y contra gustos no hay nada escrito, pues de todo hay en la viña del señor).

Los hay de todos los tipos de escaneo (los que lo hacen sin que te des ni cuenta (mis preferidos). 


Otros hacen un flash forward, girando su cuerpo 360º hacia el objetivo.

Otros hacen vista previa fija (todo tu cuerpo en su mente haciendo movimientos sugerentes), ya que estamos ante todo ergonomía y prevención de riesgos laborales.

Otros hacen vista previa localizada (da lo mismo la imagen).

Y por último los más listos y peligrosos te escanean mientras se hacen tus amigos y hablan sobre cosas que a ti te gustan (indiscutiblemente también me gusta).

Bueno personalmente prefiero que me escanee un hombre a una mujer.

Que un hombre haga comentarios como los anteriores en la intimidad (oye tu no pasa nada).

Que le alegres la vista a un hombre de cualquier edad (oye tu no pasa nada).

Que un hombre piense en tí desesperadamente aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Que un hombre haga lo que sea para saber de tí, aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Que le caigas en gracia a un hombre aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Que le gustes físicamente a un hombre aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Que le gustes intelectualmente (y que cada uno entienda lo que quiera con esta palabreja) a un hombre aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Que le guste tu forma de pensar y de escribir a un hombre aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Que sueñe sexualmente contigo un hombre aunque no sea tu marido, novio u amante (oye tu no pasa nada).

Pero lo que nunca debe hacer un caballero tenga la edad que tenga es perder el respeto a una mujer y ya que estamos lo que nunca debe hacer una señora es perder el respeto a un caballero.

Y que se sabe, de un primer escaneo entre señora y caballero entablando una conversación interesante siempre puede surgir una buena amistad.

(Las leyes de la madre naturaleza).



PD.Por cierto, que a la Ministra no se le olvide repartir los condones.