LA FACTURA.
Para poder ejercitar el derecho a la deducción de las cuotas de Iva Soportado es necesario estar en poder de la factura acreditativa.
Se trata de una obligación formal de expedición de factura para cada entrega de un bien o de una presta
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: 6346@icagr.es e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO). Consulta presencial en nuestro despacho 50 euros (IVA INCLUIDO).
Web oficial de DESPACHO JURÍDICO TODO-DERECHO
https://www.todo-derecho.com/
lunes, 19 de mayo de 2008
REQUISITO FORMAL PARA QUE SE ORIGINE EL DERECHO A LA DEDUCCIÓN DEL IVA.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario