- Si el condenado a no hacer alguna cosa quebranta la sentencia, se le requiere siempre a instancia del ejecutante:
- Para que deshaga lo mal hecho, en la medida de lo posible.
- Debe indemnizar los daños y perjuicios causados.
- Debe abstenerse de reiterar el quebrantamiento con apercibimientode incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad judicial.
2. Después si incumple la condena reiteradamente, se le intimará con la imposición de multas por cada uno de los meses que transcurra sin deshacer el delito.
3. Pero, si se atiende la naturaleza de la condena de no hacer y su incumplimiento no fuera susceptible de reiteración y tampoco fuera posible deshacer lo que está mal hecho, la ejecución procederá para resarcir al ejecutante por los daños y perjuicios que se han causado.
3. Pero, si se atiende la naturaleza de la condena de no hacer y su incumplimiento no fuera susceptible de reiteración y tampoco fuera posible deshacer lo que está mal hecho, la ejecución procederá para resarcir al ejecutante por los daños y perjuicios que se han causado.
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