Régimen de deducciones en el Iva.
Para calcular la cuota de Iva resultante en una autoliquidación del impuesto se deben integrar las siguientes partidas:
(+) IVA REPERCUTIDO O AUTORREPERCUTIDO.
(-) IVA SOPORTADO O IVA DEDUCIBLE.
(+/-) REGULARIZACIONES.
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= CUOTA IVA FINAL.
Una vez determinado el Iva Soportado total, es necesario que parte del mismo se deducible para el sujeto pasivo en ese periodo impositivo.
Las cuotas del Iva Soportado no siempre serán deducibles para el sujeto que las soporta.
Antes de analizar que requisitos se tienen que cumplir para que se origine y resulte deducible la cuota del Iva Soportado para cada empresario, se tiene que advertir que en cada régimen especial prevalecerá lo dispuesto en el propio regimen especial en el apartado en materia de deducciones.
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: 6346@icagr.es e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO). Consulta presencial en nuestro despacho 50 euros (IVA INCLUIDO).
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lunes, 19 de mayo de 2008
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