Siempre debemos comprobar el ámbito espacial que viene recogido en el artículo 3 del Reglamento Roma II, que tiene carácter universal o erga omnes. La ley designada por el presente Reglamento se aplicará aunque no sea la de un Estado miembro.
Elisabet Natividad Gutiérrez Alcalá. Abogada ejerciente. Colegiada.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.(España). Teléfono 1 y fax: 958 68 80 03. Teléfono 2: 958 68 09 00. Cita previa llamar al 690 303 447/656 256 803. C/Juan Pedernal, nº4, BAJOS. C.P.18.500. Guadix (Granada). e-mail: 6346@icagr.es e-mail: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com Consulta online en www.todo-derecho.com 25 euros (IVA INCLUIDO). Consulta presencial en nuestro despacho 50 euros (IVA INCLUIDO).
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lunes, 21 de junio de 2010
ÁMBITO ESPACIAL. LEY APLICABLE. OBLIGACIONES EXTRA-CONTRACTUALES.
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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
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